Se ha publicado en el BOJA la orden que establece, con carácter temporal y excepcional, medidas específicas de contención y prevención en Andalucía, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus y que serán de aplicación a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
La adopción de estos niveles tendrá una duración de 14 días naturales y se acompañará de un seguimiento continuo de la situación epidemiológica por parte de los Comités Territoriales de Alerta sanitaria y su necesidad de prórroga, ampliación o reducción.
La provincia de Sevilla se encuentra enmarcada en el nivel 4 de alerta sanitaria y por lo tanto las medidas a tomar son:
- HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
Se permite un aforo del 30 por ciento en el interior y del 75 por ciento en las terrazas.
- ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES
50 por ciento del aforo con distancia de seguridad.
- VELATORIOS Y ENTIERROS
Solo se permite la presencia de seis personas en el interior y quince en el exterior.
- GIMNASIOS
Podrán completar un 40 por ciento del aforo.
- COMPETICIONES, EVENTOS Y ENTRENAMIENTOS
No podrán acudir espectadores.
- CEREMONIAS CIVILES Y RELIGIOSAS
Aforo del 30 por ciento.
- BANQUETES
Aforo máximo del 30 por ciento (30 personas en el interior y 50 en el exterior).
- CINES, TEATROS Y AUDITORIOS
40 por ciento del aforo: 200 personas en el interior, 300 en el exterior.
- TRANSPORTE PÚBLICO
Deberá haber un asiento de separación entre viajeros y un 50 por ciento de aforo de pie.
- TRANSPORTE PRIVADO
Dos personas por fila de asientos, sin ocupar el del copiloto.
- PARQUES
Los parques permanecerán abiertos en general, aunque permanecen cerrados los juegos infantiles y las actividades en general se permite la reunión de seis personas.
- ACTIVIDADES AMBIENTALES
Presencia de seis personas en el interior, y diez al aire libre.