El pasado 7 de noviembre se publicó en el BOJA, de la Dirección General de Economía Social y Trabajo Autónomo, la convocatoria de la concesión de subvenciones del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
CONVOCATORIA.
Las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo:
- Estímulo a la innovación en las personas trabajadoras autónomas.
- Estímulo a la creación de empleo indefinido, a la competitividad y apoyo social en situaciones específicas.
- Capacitación profesional y estímulo a la innovación.
Para su financiación se contará con un crédito total de 100.000 euros , con créditos del servicio 01 del programa presupuestario 72C.
- Estímulo a la creación de empleo indefinido, a la competitividad y apoyo social en situaciones específicas.
PERSONAS BENEFICIARIAS
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas mediante la presente Resolución, las personas trabajadoras autónomas que cumplan los requisitos establecidos en los artículos 19 y 23 de la Orden de 21 de septiembre de 2018.
OBJETO
- Incrementar la capacitación de las personas trabajadoras autónomas aumentando su conocimiento y eficiencia en la gestión empresarial y la especialización profesional, y, por otro lado, fomentar el trabajo de las personas trabajadoras autónomas en investigación aplicada, relacionado con el sector productivo.
- La competitividad y apoyo social en situaciones específicas, por un lado, estimular la creación de empleo estable y la consolidación de la empresa de trabajo autónomo y el apoyo social en situaciones sobrevenidas y, por otro lado, favorecer su competitividad a través de:
- Estímulo a la creación de empleo indefinido.
- Estímulo a la competitividad. Creación de empleo con necesidades de inversión en activos fijos para sostener el empleo creado.
- Apoyo social en situaciones específicas. Se asignan recursos para compensar la pérdida de ingresos por consecuencia de situación de incapacidad temporal o situación de baja por maternidad u otros relacionados.
BASES REGULADORAS.
Segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.
CUANTÍA.
El importe máximo de la ayuda individual que correspondería a las personas beneficiarias de las medidas convocadas y el número máximo previsto de personas beneficiarias de cada una de ellas, se recoge en la siguiente tabla:
MEDIDAS | IMPORTE AYUDA INDIVIDUAL | N.º MÁXIMO PREVISTO DE PERSONAS BENEFICIARIAS |
Estímulo a la innovación | 10.000 euros. | 10 |
Transformación en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje | *3.000 euros. | 145 |
Estímulo a la competitividad. | *Hasta 10.000 euros | – |
Apoyo social. Situación de incapacidad laboral transitoria. | 1.375 euros. | 651 |
Situación de baja por maternidad, adopción o acogimiento preadoptivo | 1.375 euros. | 906 |
PLAZO DE PRESENTACIÓN.
Las solicitudes podrán presentarse desde el 8 de noviembre de 2018 hasta el límite de la consignación presupuestaria.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios, figuran publicados en el presente Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la Resolución de convocatoria que se adjunta.
Para cualquier duda o aclaración sólo tenéis que poneros en contacto con Alcentro.