El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Delegación de Hacienda y Administración Pública, ha aprobado ya, tras concluir los análisis económicos y jurídicos, la exención en el pago de la tasa de basura para los locales en los que desarrollen actividades económicas empresariales, profesionales y artísticas en los que se haya suspendido la actividad con motivo del estado de alarma decretado por el Gobierno central para afrontar la pandemia del nuevo coronavirus COVID 19.
Quedarán excluidos de la matrícula de la tasa de recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos y residuos sanitarios a todos los contribuyentes que desarrollen actividades económicas o profesionales suspendidas por la declaración del estado de alarma. De esta forma se aplicará una reducción proporcional al periodo de suspensión de la actividad motivado por la crisis sanitaria.
El pago de esta tasa, estuvieran o no los recibos domiciliados, ya había sido previamente aplazado por parte del Ayuntamiento hasta el mes de junio, de forma que será entonces cuando se aplique la tasa a los locales comerciales con la reducción del importe correspondiente al periodo de cierre obligado en las actividades afectadas por el decreto de alarma.