Se ha publicado en el BOJA la convocatoria, para el ejercicio 2020, las ayudas previstas para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.
PERSONAS BENEFICIARIAS.
Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas de trabajo autónomo turísticas de Andalucía.
Quedan expresamente excluidas de esta orden las sociedades civiles, las comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas físicas, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
OBJETO.
- Implantación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación que potencien la comercialización electrónica de productos y servicios turísticos, incluyendo la creación de plataformas de comercialización, o integración en las ya existentes.
- Actuaciones dirigidas a la integración en la comunidad turística virtual, así como las destinadas a la mejora de la experiencia, la personalización de los servicios y a la atención al cliente.
- Desarrollo de servicios tecnológicos innovadores, tales como, implementación de software y hardware de gestión avanzada, infraestructura de redes y tecnologías que ayuden a la optimización de procesos, acceso a servicios en remoto y a bases de datos, creación de contenido optimizado para el ámbito digital (como vídeos o imágenes en 360º) y similares.
- Creación de productos turísticos basados en la innovación tecnológica, tales como, realidad aumentada y virtual aplicada a la interpretación de los recursos culturales y naturales, nuevas formas de información turística, aplicación de los recursos tecnológicos avanzados a la comunicación turística, servicios de guías turísticos a través de gafas inteligentes y similares.
IMPORTE.
- La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en la cuantía total máxima de 2.380.000 euros.
- El porcentaje máximo de la subvención será de hasta el 100% del proyecto subvencionable, siempre que no supere la cuantía máxima de 15.000 euros.
- El número de beneficiarios máximo será de 158 para el supuesto de que todas las subvenciones concedidas ascendieran a la cuantía máxima indicada.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Desde el 2 de septiembre hasta el día 2 de octubre de 2020.
OTROS DATOS.
Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la orden de convocatoria, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria y se podrán obtener, además de en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:
Así como en las sedes de la Secretaría General para el Turismo de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Turismo. También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.